
6 nuevos cambios en el etiquetado frontal de alimentos: lo básico a saber para un consumo saludable y consciente
En México ha sido aprobado un nuevo etiquetado frontal de advertencia de alimentos y bebidas que respalda las recomendaciones internacionales y sobre todo, que se encuentra basado en ciencia.
El nuevo etiquetado frontal de alimentos entro en vigor en Octubre del 2020, debido a una modificación en la Norma Oficial Mexicana 051-SCFI/SSA1–2010 en materia del etiquetado. Dicha norma establece las características de un sistema de envasado frontal en alimentos y bebidas no alcóholicas preenvasados, el cual advierte al consumidor de los nutrimentos e ingredientes que representan un riesgo para la salud si se consumen en exceso.
México es el mayor consumidor de productos ultraprocesados en Ámerica Latina y el cuarto a nivel mundial; el consumo de estos productos se asocia fuertemente a las enfermedades crónicas como diabetes, obesidad e hipertensión.
Los beneficios del etiquetado frontal de alimentos y bebidas son:
Facilita la selección de productos saludables y no procesados.
Permite identificar los productos con exceso de grasas saturadas, sodio, azúcares.
Informa de forma sencilla y clara sobre el producto en cuestión.
Garantiza el derecho a la salud, a la información y al bienestar.
Es fácil de comprender.

¿Cómo es el nuevo etiquetado frontal de alimentos y bebidas?
Tiene 5 sellos que advierten cuando un producto tiene “exceso de”

El elemento clave del nuevo etiquetado es que contienen sellos de advertencia como los que se ven en la imagen. Cabe mencionar que los sellos no se usan en productos con un sólo ingrediente, como el azúcar, la sal y el aceite.
Sello de exceso de calorías: se colocará este sello en los productos que en 100 g sólidos de producto tengan mayor o igual de 275 kcal. Y en bebidas, cuando en 100 ml de producto se tenga mayor o igual a 70 kcal, o en su defecto, mayor o igual de 10 kcal en forma de azúcares libres.
Sello de exceso de azúcares: se colocará este sello en los productos que en 100 g sólidos de producto se tenga mayor del 10% de la energía proveniente de azúcares libres (no propios del producto, sino añadidos).
Sello de exceso de grasas saturadas: se colocará este sello en los productos que en 100 g sólidos de producto se tenga mayor del 10% de la energía proveniente de grasas saturadas.
Sello de exceso de sodio: se colocará este sello en los productos que en 100 g sólidos de producto contengan igual o mayor a 350 mg de sodio, y en bebidas sin calorías cuando tengan mayor a 45 mg de sodio.
Sello de exceso de grasas trans: se colocará este sello en los productos que en 100 g de productos contengan mayor o igual al 1% del total de la energía proveniente de esta fuente.
Cabe mencionar, que en septiembre del 2023, acaba de entrar en vigor el decreto por el que los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas no podrán tener grasas trans añadidas. Esto es sumamente relevante y de aplaudir, las grasas trans son un tipo de grasa que favorece a que las arterias se taponen de grasa y genera problemas cardiovasculares si se consumen con frecuencia. Pero evitarlos no era suficiente, porque se encontraban en la mayoría de productos. Ahora, ya no tendremos que preocuparnos al respecto.

2. Leyenda precautoria sobre edulcorantes no calóricos: los edulcorantes son sustancias químicas que se agregan a los alimentos para dar dulzor. El sello de advertencia se implemento en los productos debido a que se ha visto perjudicial para niños y niñas, pues la exposición tan temprana y repetida al sabor dulce puede impactar sobre sus preferencias; necesitando ese dulzor en los alimentos que consuman. Este sello es importante, debido a que al menos el 60% de las bebidas dirigidas a niños contienen edulcorantes.

3. Leyenda precautoria sobre cafeína: los productos que contengan cafeína deberan usar esta leyenda para evitar su consumo en población infantil. El consumo de cafeína puede provocar daños sobre todo en niños con alguna situación médica importante, por lo que no se recomienda su consumo en ellos. Los productos como café, tés helados y bebidas energizantes contienen cafeína.

4. Sellos de advertencia para envases pequeños: productos cuya dimensión sea menor o igual a 5cm2, se utilizan los siguientes octágonos en el etiquetado frontal, según la cantidad de sellos que tenga el producto.


5. Prohibición de elementos persuasivos en empaque: los empaques de productos que contengan algún sello de advertencia o la leyenda de edulcorantes no pueden contener elementos persuasivos en el empaque dirigidos a niñas y niños como: personajes infantiles, mascotas de marca, dibujos, celebridades, deportistas u otros elementos interactivos.


6. Regulación del uso de avales de asociaciones, declaraciones saludables y nutrimentales: los empaques de productos que contengan algún sello de advertencia no pueden utilizar avales de asociaciones médicas o científicas.

Hemos llegado al fin del post, ¡muchas gracias por leerme! :)
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